Viola Adrián Domínguez La Constitución

Es tan grande el ego de Adrián Domínguez Rangel, que hasta mandó a estampar en el concreto de una obra pública de vialidad, el nombre de su grupo político, conocido como Equipo Cachitas

Se encuentra justo en el callejón IMSS de la zona centro de Tampico Alto, frente al Jardín de Niños Jean Piaget.

Esto representa una violación a las leyes federales consignadas en la Carta Magna,
de acuerdo con el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que los recursos económicos de que dispongan la federación,  las entidades federativas, los municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, se administrarán con eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que están destinados.

En su párrafo texto destaca que serán responsables del cumplimiento de estas bases en los términos del título cuarto de esta Constitución.

En el séptimo párrafo destaca que, los servidores públicos de la federación,las entidades federativas, los municipios, y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

Y en el párrafo octavo establece que, la propaganda, bajo cualquier modalidad de comunicación social, que difundan como tales los poderes públicos los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, deberá tener carácter institucional y fines informativos educativos o de orientación social. En ningún caso está propaganda incluirá nombres imágenes, voces o símbolos que impliquen promoción personalizada de cualquier servidor público.

En pocas palabras, ningún servidor público tiene la facultad de imponer su nombre o logotipo personal a una obra construida con recursos públicos.

Esto abre la posibilidad de que los aspirantes a candidatos, partidos políticos o representantes de los partidos políticos, interpongan una denuncia formal ante los Tribunales Electorales.

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